Subsidios
Subsidio $45.000
ADOPCIÓN
El asociado recibirá $45.000 en modo de retribución.
El plazo máximo para la presentación de la sentencia del Juzgado es de un año contados después de la fecha de celebración.
Si padre y madre son asociados, el beneficio se abonará a ambos.
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
El plazo máximo para la presentación de la sentencia del Juzgado es de un año contados después de la fecha de celebración.
Si padre y madre son asociados, el beneficio se abonará a ambos.
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
Subsidio $45.000
CASAMIENTO
Para iniciar el trámite y cobro del Subsidio, deberán presentar la correspondiente partida de matrimonio y DNI.
El plazo máximo para la presentación del Certificado de Matrimonio es de un año a partir de la fecha de celebración.
Se pagara $45.000 de subsidio Si los contrayentes son asociados, el beneficio se abonará a ambos.
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
Subsidio $45.000
RECONOCIMIENTO
Derecho de filiación: Reconocimiento y reclamación de paternidad además de asesoramiento gratuito que posee el asociado en esta área, será beneficiado con un subsidio de $ 45.000, debiendo presentar el Certificado o Acta de nacimiento con notas marginales, no debiendo superar el año desde que se produjo el reconocimiento.
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
La documentación requerida podrá ser presentada en una Delegación o Subdelegación más cercana a su domicilio o vía mail a circulo@cspna.org.ar
Subsidio $120.000
Fallecimiento
Aplica para Titular o grupo familiar Primario, el beneficiario o asociado deberá presentar:
Solo es aplicable en el caso de no utilizar el servicio de sepelio del circulo
- Certificado o Acta de Defunción.
- DNI del Beneficiario
- Documentos que acrediten el parentesco.
- Constancia de Prestación Serv. Fúnebre.
- Último recibo de Haberes.
Solo es aplicable en el caso de no utilizar el servicio de sepelio del circulo